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CIRCULAR 005/2017 NUEVAS DISPOSICIONES SOBRE LA GESTIÓN DEL AGUA DE LASTRE: CLORACIÓN DE LASTRE SUSPENDIDA

domingo, 14 mayo 2017

En relación con nuestra CIRCULAR 002/2017, mediante la cual se informa sobre la reciente implementación de la Resolución 85-E/2017 (Ministerio de Medio Ambiente) por parte de las Autoridades Sanitarias del puerto de San Lorenzo (que solicita los certificados de cloración del lastre como condición para otorgar la “libre práctica”):

Debido a las quejas generales de la industria y a la falta de claridad sobre el alcance y la aplicación de la mencionada resolución, las Autoridades están revisando el asunto. Además, el Ministerio de Salud decidió cerrar la Unidad Sanitaria del puerto de San Lorenzo (la única entidad que hasta el momento ha intentado implementar la resolución), por lo que ya no se solicitan los certificados de cloración.

Por el momento, la sugerencia general emitida por el Centro de Navegación (cámara de agentes) es no clorar hasta que las Autoridades aclaren oficialmente el asunto.

En resumen, mientras la Resolución 85-E/2017 permanezca vigente, hasta la entrada en vigor del Convenio BWM, no se está implementando y se sugiere a los Armadores no realizar dicho proceso de cloración hasta nuevo aviso.

Se deberá cumplir con la normativa habitual sobre lastre, según lo dispuesto en la normativa de la Guardia Costera.

Seguiremos de cerca el asunto y les mantendremos informados. Mientras tanto, quedamos a su disposición si necesitan aclaraciones o información adicional.

Atentamente,

PANDI LIQUIDADORES SRL

Nota: Esta circular actualiza la CIRCULAR 002/2017 – NUEVAS DISPOSICIONES SOBRE LA GESTIÓN DEL AGUA DE LASTRE: CLORACIÓN DE LASTRE, enviada el 7 de abril de 2017.

Aviso: El contenido de esta circular es meramente informativo. Si bien se ha emitido con la debida diligencia y según nuestro leal saber y entender, tiene un propósito general y no asumimos ninguna responsabilidad por ninguna acción específica que se tome en base a ella. © Pandi Liquidadores SRL 2017. Todos los derechos reservados

Alerta de huelgas

Alerta de huelgas

Luego de una conciliación obligatoria solicitada por el Ministerio de Trabajo las huelgas anunciadas por FeMPINRA fueron levantadas a partir del 18 de abril a las 7:00 horas.

Seguiremos monitoreando la situación.

[ACTUALIZACIÓN] CIRCULAR 36/2020 – REGULACIÓN DE VELOCIDAD

[ACTUALIZACIÓN] CIRCULAR 36/2020 – REGULACIÓN DE VELOCIDAD

El 20 de marzo de 2023, la Prefectura Naval Argentina – Zona Delta emitió una nueva Disposición (DISFC-2023-254-APN-PZDE#PNA) que establece nuevos límites de velocidad entre los kilómetros 181 y 205 del ramal Pasaje Talavera del río Paraná. Según la disposición, a partir del 21 de marzo de 2023, la velocidad máxima para las embarcaciones que navegan río arriba es de 9,5 nudos y río abajo, de 10 nudos (SOG), con una tolerancia del 5% en ambos casos, excepto entre los kilómetros 183 y 186, donde las embarcaciones solo podrán navegar a la velocidad mínima compatible con un buen gobierno.