EMERGENCIA HIDROLÓGICA
A raíz del estiaje que afecta la Cuenca Hidrológica formada por los ríos Paraná, Paraguay e Iguazú —el más importante registrado en los últimos 77 años—, el Presidente promulgó el Decreto 482/2021 y declaró el Estado de Emergencia Hidrológica en dicha zona por 180 días. El Decreto se adjunta aquí.
El Presidente ha ordenado a todas las entidades pertinentes que tomen las medidas necesarias para garantizar la continuidad de la actividad productiva y el empleo, realizar las obras de infraestructura necesarias para mitigar los efectos del estiaje y facilitar la navegación y los accesos a los puertos, entre otras medidas.
Los Procedimientos Administrativos en curso relacionados con las zonas afectadas por la Emergencia se suspenderán una vez que la Dirección Nacional de Evaluación Integral de Riesgos y Protección Civil los determine.
Por el momento, se desconoce cómo afectará el Estado de Emergencia Hidrológica a las operaciones de los buques.
Mientras tanto, aprovechamos esta oportunidad para recordarles nuestra Circular 43/2021 sobre la situación de las aguas bajas (AQUÍ) y la Circular 36/2020 sobre límites de velocidad y mayor riesgo de daños por lavado y multas por parte de las CG (AQUÍ).
Seguiremos monitoreando la situación.
Descargar CIRCULAR 44/21
PANDI LIQUIDORES SRL
BUENOS AIRES, ARGENTINA
Aviso: El contenido de esta circular es meramente informativo. Si bien se ha emitido con la debida diligencia y según nuestro leal saber y entender, tiene un propósito general y no asumimos ninguna responsabilidad por ninguna acción específica que se tome en base a ella. © Pandi Liquidadores SRL. Todos los derechos reservados.




![[ACTUALIZACIÓN] CIRCULAR 36/2020 – REGULACIÓN DE VELOCIDAD](https://pandi.com.ar/wp-content/uploads/2025/12/jV0QARlOmmDa1MjMKwnAoqO3inLwanRo.jpg)