De Guardia

viernes, 30 enero 2026

Emergencias:

+54 911 4446 0662

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MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO PARA RESPONDER A SINIESTROS E INCIDENTES MARÍTIMOS GRAVES

martes, 5 noviembre 2019

Foto: P.N.N. Eduardo René Scarzello, Sr. Sam Kendall-Marsden (IGP&I), Sr. Sebastián Trigub (Pandi), P.G. Martín P. Ruiz, SP.N.N. Hugo A. Ilacqua, Sr. Alberto Trigub (Pandi), P.G. Miguel H. Bartorelli

El Prefecto Naval Nacional, Prefecto General René Scarzello, y el Sr. Sam Kendall-Marsden, en representación del IGP&I, firmaron el MOU, que confirma el compromiso mutuo de la Autoridad Marítima Argentina y el IGP&I de colaborar para brindar una respuesta rápida y eficiente ante siniestros e incidentes marítimos graves, especialmente aquellos que incluyen operaciones reales o potenciales de remoción de restos de naufragio o daños o amenazas ambientales.

PANDI trabajó más de dos años junto con el IGP&I y la PNA para lograr este MOU. PANDI cree firmemente que ofrece una oportunidad ideal para la planificación de contingencias y ayudará a brindar una respuesta efectiva en beneficio del país, las autoridades, los armadores, la industria y cualquier persona que pueda verse potencialmente afectada.

Alerta de huelgas

Alerta de huelgas

Luego de una conciliación obligatoria solicitada por el Ministerio de Trabajo las huelgas anunciadas por FeMPINRA fueron levantadas a partir del 18 de abril a las 7:00 horas.

Seguiremos monitoreando la situación.

[ACTUALIZACIÓN] CIRCULAR 36/2020 – REGULACIÓN DE VELOCIDAD

[ACTUALIZACIÓN] CIRCULAR 36/2020 – REGULACIÓN DE VELOCIDAD

El 20 de marzo de 2023, la Prefectura Naval Argentina – Zona Delta emitió una nueva Disposición (DISFC-2023-254-APN-PZDE#PNA) que establece nuevos límites de velocidad entre los kilómetros 181 y 205 del ramal Pasaje Talavera del río Paraná. Según la disposición, a partir del 21 de marzo de 2023, la velocidad máxima para las embarcaciones que navegan río arriba es de 9,5 nudos y río abajo, de 10 nudos (SOG), con una tolerancia del 5% en ambos casos, excepto entre los kilómetros 183 y 186, donde las embarcaciones solo podrán navegar a la velocidad mínima compatible con un buen gobierno.