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CIRCULAR 41/2021: ¡ACTUALIZACIÓN! REQUISITOS DE OSRO PARA EL ABASTECIMIENTO DE COMBUSTIBLE EN LA ZONA COMÚN / ARGENTINA

domingo, 21 febrero 2021

Como recordarán, tras recibir diversas consultas de un proveedor de OSRO (que contactó a varios armadores para informarles sobre los requisitos adicionales de respuesta a derrames de petróleo impuestos por la Prefectura Naval Argentina al recibir combustible en la Zona Común, frente a La Plata), informamos en nuestra Circular 039/2020 sobre los términos de la carta de la Prefectura Naval, que parecía ratificar que cualquier buque que reciba combustible en la Zona Común (sea o no petrolero) debe contar con medidas preventivas para responder a cualquier derrame de petróleo dentro de los 60 minutos posteriores a su ocurrencia (comúnmente conocido como “Certificado OSRO”).

Sin embargo, tras la preocupación de diversos actores de la industria, la situación parecía no estar clara; es decir, si dichos requisitos se estaban aplicando en la práctica o si no se habían implementado hasta nuevo aviso.

El asunto se volvió a tratar con la Prefectura Naval Argentina, que confirmó que: (1) los buques tanque que transportan hidrocarburos u otras sustancias nocivas y que ya navegan/operan en Argentina con un certificado OSRO válido no requieren servicios adicionales de respuesta para el abastecimiento de combustible en la Zona Común; y (2) los buques de carga seca (como graneleros o portacontenedores) no requieren dicho acuerdo OSRO para recibir combustible en la Zona Común.

Para mayor claridad, adjuntamos una traducción libre de la carta de la Prefectura Naval, seguida de su original: >>AQUÍ<<

Quedamos a su disposición si necesita aclaraciones o información adicional.

Atentamente,

Sebastián A. Trigub

PANDI LIQUIDORES SRL / BUENOS AIRES, ARGENTINA

Aviso: Esta Circular actualiza la Circular 039/2020.

Aviso: El contenido de esta circular y sus anexos es meramente informativo. Si bien se ha emitido con el debido cuidado y según nuestro leal saber y entender, tiene un propósito general y no podemos aceptar responsabilidad alguna por ninguna acción particular que se tome en base a él. © Pandi Liquidadores SRL 2020. Todos los derechos reservados.

Alerta de huelgas

Alerta de huelgas

Luego de una conciliación obligatoria solicitada por el Ministerio de Trabajo las huelgas anunciadas por FeMPINRA fueron levantadas a partir del 18 de abril a las 7:00 horas.

Seguiremos monitoreando la situación.

[ACTUALIZACIÓN] CIRCULAR 36/2020 – REGULACIÓN DE VELOCIDAD

[ACTUALIZACIÓN] CIRCULAR 36/2020 – REGULACIÓN DE VELOCIDAD

El 20 de marzo de 2023, la Prefectura Naval Argentina – Zona Delta emitió una nueva Disposición (DISFC-2023-254-APN-PZDE#PNA) que establece nuevos límites de velocidad entre los kilómetros 181 y 205 del ramal Pasaje Talavera del río Paraná. Según la disposición, a partir del 21 de marzo de 2023, la velocidad máxima para las embarcaciones que navegan río arriba es de 9,5 nudos y río abajo, de 10 nudos (SOG), con una tolerancia del 5% en ambos casos, excepto entre los kilómetros 183 y 186, donde las embarcaciones solo podrán navegar a la velocidad mínima compatible con un buen gobierno.